Por: Claudia Peiró
El pasado 2 de diciembre, Diego Iván Borjas, 16 años, murió a
consecuencia de un incendio mientras se encontraba en una celda de aislamiento
del eufemísticamente llamado Centro Socioeducativo de régimen cerrado Luis
Agote. En realidad, una cárcel de menores. El muchacho, que sufría un leve
retraso mental, estaba cumpliendo una sanción.
Este hecho revela hasta qué punto el discurso garantista del
Poder Ejecutivo y de buena parte del Judicial no es más que eso: discurso. Y
una coartada para la inacción en materia de prevención y combate a la delincuencia.
"Cumplir con los Derechos Humanos es algo más que enunciarlos –dijo la diputada nacionalCarla Carrizo, quien presentó un pedido de informes al
Poder Ejecutivo por lo ocurrido en el Agote-. En los institutos de menores se
mantienen prácticas vejatorias que violan estos derechos".
"En 2008, la Secretaría Nacional
de Infancia, Adolescencia y Familia (SENNAF) y el Ministerio de Desarrollo
Social informaban que el Estado argentino había dejado atrás viejas prácticas como
las del patronato en políticas de infancia, dando lugar a una nueva
institucionalización, el sistema de protección integral de niñas, niños y
adolescentes", dijo Carrizo a Infobae. "Pero 6 años después, entendemos que esto
tiene mucho de letra y poco de realidad".
"EL
GOBIERNO HA DECIDIDO QUE LOS DERECHOS HUMANOS QUE IMPORTAN SON LOS DE ALGUNOS Y
NO LOS DE TODOS"
"El Estado Argentino tiene una
gran deuda pendiente y es la sanción de un régimen penal juvenil a nivel
nacional. Una gran paradoja es que un gobierno que hizo de la desarticulación
de la 'herencia de la dictadura' su bandera mantiene vigente el decreto ley del último gobierno de facto que
permite esta violación a las leyes de infancia. ¿En 12 años de
gobierno hubo olvido para derogarlo?", se pregunta la legisladora.
"El gobierno ha decidido que los
derechos humanos que importan son los de algunos y no los de todo el universo
de personas. Así, el de los adolescentes privados de libertad es un universo
invisibilizado, no tenemos datos, no sabemos
cuántos ni en qué situación se encuentranporque desde 2008 no se
publicaron nuevas estadísticas. No podemos seguir permitiendo que niños y
jóvenes mueran en circunstancias poco claras en instituciones estatales que
deberían, en teoría, velar por sus derechos", agregó.
Confesiones de Zaffaroni a Playboy
Este doble discurso "garantista"
alcanza un verdadero clímax en el caso del renunciante juez de la Corte Suprema
de Justicia, Raúl Zaffaroni. El magistrado no sólo no ha utilizado su creciente influencia en el oficialismo
para poner fin al anacronismo en materia penal juvenil sino que
por el contrario, como lo denuncia el abogado Emilio García Méndez, redactó, junto a su entonces
colega Carmen Argibay Molina –fallecida en mayo pasado- "uno de los fallos más vergonzosos de la
historia de la Corte", declarando constitucional el régimen
penal de minoridad de Jorge Rafael Videla.
Por si no bastara con eso, dijo
García Méndez a Infobae, en una
entrevista con la revista Playboy, Zaffaroni explicó que declaró constitucional
el decreto aunque sabía que no lo era.
El diálogo es imperdible:
ZAFFARONI: En diciembre del año 2008 dijimos "esto es
inconstitucional", pero por razones coyunturales, no lo podíamos declarar
inconstitucional.
PLAYBOY: ¿Cuáles son las razones coyunturales para no poder
declarar inconstitucional algo que sí consideran inconstitucional?
ZAFFARONI: Con los eslogans que había dando vuelta, el riesgo es
que se generara un gatillo fácil contra los adolescentes. (...) No le puedo dar
el argumento a una fuerza que yo solté 50 para que me maten 100, sobre todo
cuando hay eslóganes políticos que pueden generar ese tipo de riesgos.
Emilio García Méndez es un jurista
especializado en derechos de la infancia, fue diputado y hoy preside la Fundación Sur
Argentina. Hace años que viene bregando por un régimen de
responsabilidad juvenil acorde con lo que dispone la Convención de los Derechos
del Niño. En esa búsqueda, el principal escollo lo ha encontrado precisamente en la Corte Suprema cuyos
fallos en materia de infancia le dan una imagen "cavernícola,
medieval" –dice-, muy distinta a la que tiene en otros temas.
En el imaginario social, no hay
menores presos, son todos inimputables. El Agote parecía cosa del pasado, y de
pronto nos enteramos de que murió un chico...
Es que Argentina es el único país que no tiene un régimen de
responsabilidad penal juvenil como lo dispone la Convención de los Derechos del
Niño. Lo que tenemos actualmente se llama régimen penal de la minoridad,
establecido por un decreto, el nº 22.278 de 1980, que tiene la firma de Jorge
Rafael Videla.
¿Cómo funciona?
Establece dos categorías. Una, de 16 a 18 años no cumplidos, y
otra para los menores de 16 años. De los primeros dice que son "relativamente
imputables". A estos menores, se les hace un proceso, pero la sentencia y
la pena no se fijan hasta que cumplan los 18 años. Entre tanto, están en una
suerte de baño maría; el decreto ordena un tratamiento tutelar por un año como
mínimo, al cabo del cual el juez decide si continúa o no. En la práctica, si
son pobres, van presos a algunos de los llamados institutos. Si son de clase
media van al psicólogo dos veces, el juez considera que el tratamiento tutelar
da resultado y se los puede devolver a los padres. Si son de clase media, el
tratamiento da resultado; si no, nunca da resultado.
¿El encierro en institutos
funciona como una suerte de preventiva?
Sí, el único avance es que ahora los años en instituto se
cuentan como parte de la condena.
¿Y qué pasa con los menores de
16?
El mismo decreto dice que son
absolutamente inimputables y no punibles. Pero la disposición tutelar del
decreto de la dictadura sigue vigente a pesar de que en 2005 se derogó la Ley
Agote, y se la sustituyó por la Ley 26061 de Protección Integral de la Infancia. Cuando
se imputa un delito a un menor, si se comprueba que no cumplió los 16, el
expediente penal se cierra y se abre otro, el tutelar. Si del estudio de ese
expediente, el juez llega a la conclusión de que el menor está en "peligro
moral o material" -que quiere decir todo y nada-, "puede disponer de
él". Es decir, hacer lo que le dé la gana y de hecho lo hace. Si un
menor de 16 de clase media comete un delito, se va a casa, pero si es pobre,
como está en "peligro material y moral", se lo priva de su libertad "para
protegerlo", pero no se lo procesa porque es inimputable.
"EL
EJECUTIVO CONSIDERA QUE EL NÚMERO DE PRIVADOS DE LA LIBERTAD ES SECRETO COMO LA
FÓRMULA DE LA COCA-COLA"
¿Pero la nueva Ley de
Protección de la Infancia qué dice?
Esa Ley –en cuya redacción participé-
dice que la privación de la libertad no puede ser uno de los mecanismos para "proteger".
Por lo tanto, en el año 2006, la Fundación Sur Argentina y el CELS presentamos un hábeas corpus por los menores de 16 años
privados de libertad "para su protección" en la
Ciudad de Buenos Aires. La respuesta del juez fue: no están privados de
libertad. Lo que claramente no es cierto. En segunda instancia perdemos también
y entonces vamos a la Cámara Nacional de Casación Penal. En la Capital los
menores dependen de Nación porque el gobierno nacional no quiere transferir esa
competencia y el gobierno porteño no la reclama. Es realmente una alianza de
hierro. En ese momento había alrededor de 60 menores presos y lo supimos porque
la Corte ordenó contarlos ya que el Ejecutivo considera que el número de
privados de la libertad es como la fórmula de la Coca-cola. No la sabe nadie.
¿Qué dijo la Cámara?
Sorprendentemente, el 18 de diciembre
de 2007, la Sala III de Casación Penal declara, en un fallo histórico, la
inconstitucionalidad del decreto de Videla, ordena la liberación progresiva en un lapso de 90
días de todos los menores privados de su libertad en la Ciudad
de Buenos Aires y su inclusión en programas de protección que no implicasen
privación de libertad, y exhorta al Gobierno a dictar una Ley de
Responsabilidad penal juvenil en un plazo de un año.
No fue acatado ese fallo...
No, el 18 de marzo de 2008, cumplidos
los 90 días, y como no pasaba nada, me presenté en la puerta del Instituto San
Martín, calle Baldomero Fernández Moreno, para esperar a que salieran los
menores. Ahí me avisan que no van a salir porque en ese mismo momento la Corte
Suprema firmó una suspensión del fallo de Casación, "atento a la gravedad institucional del
hecho". Eso quiere decir "me llamó el ministro", a la
sazón, Aníbal Fernández.
"LA
CORTE REDACTÓ UNA SENTENCIA ESQUIZOFRÉNICA DECLARANDO CONSTITUCIONAL EL DECRETO
DE LA DICTADURA"
Yo pensé "acá se acaba la
cosa", porque la Corte no tiene plazos.... Pero no, para mi sorpresa, el 2
de diciembre de 2008, la Corte se pronunció, dio vuelta el fallo unánime de
Casación –algo inusual- en una de las más vergonzosas sentencias de la historia
de la Corte, una sentencia esquizofrénica, de 20 páginas, que en sus primeras 19 dice que el decreto de la
dictadura es horrible, una porquería, y en la página 20 lo declara
constitucional, suspende el fallo de Casación y pide un régimen de
responsabilidad juvenil al Ejecutivo pero sin ponerle plazos.
¿Qué sería un régimen de
Responsabilidad Penal Juvenil?
Establecer un tipo especial de responsabilidad, como hacen todos
los países, algunos a partir de los 12, otros 13, 14 y hasta los 18, con todas
las características de un debido proceso; un sistema penal específico para los
menores.
¿Quién redactó el fallo de la
Corte?
Los autores materiales fueron Zaffaroni y Argibay. Ellos son los
autores de todos los fallos referidos a infancia. El resto, como no les
interesa un pito el tema, firman y listo.
"ZAFFARONI
DECIDE POR LO QUE LE DA MÁS MARKETING EN EL MOMENTO; JUEGA SIEMPRE PARA LA
TRIBUNA"
¿Cómo se explica que
magistrados con una imagen de ultragarantistas hayan declarado la
constitucionalidad de semejante decreto?
Porque los dos vienen de la familia
judicial, y si hay una familia clasista, esa es la judicial. Y Zaffaroni es un
poeta, un mal poeta, que nunca se fija en la norma para decidir. Decide lo que le da más marketing en el
momento. El juega siempre para la tribuna. Nosotros estamos
haciendo un análisis de los 53 fallos de esta Corte entre 2003 y 2013 referidos
a menores, y la imagen en materia de infancia que tiene es totalmente distinta
a la que dan en otros temas, es cavernícola, medieval.
"DEBIÓ
SER UN ESCÁNDALO QUE UN JUEZ DIGA ESTO ES INCONSTITUCIONAL PERO LO DECLARO
CONSTITUCIONAL POR RAZONES COYUNTURALES"
¿Qué pasó luego?
A 6 meses de la sentencia de la
Corte, el 2 de mayo de 2009, presentamos una denuncia en la CIDH, donde
Argentina es el Estado que más condenas tiene –4 entre el 2003 y el 2012- en
materia de infancia. Ese mismo día en Playboy sale la entrevista en la que
Zaffaroni dice: "Sabíamos que ese decreto era inconstitucional pero lo
declaramos constitucional por razones coyunturales". ¿Cuáles? Que estos
menores estaban "marcados para morir por la policía". Ese mismo
argumento lo había dado Carmen Argibay, hablando como Carmencita de Palermo y no como una jueza de la
Corte. Yo la llamé y le dije "hagamos la denuncia".
"SI
HOY NO TENEMOS UNA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL, EL RESPONSABLE
ABSOLUTO Y TOTAL ES ZAFFARONI"
Debió ser un escándalo que un juez
diga esto es inconstitucional pero lo declaro constitucional por razones
coyunturales... Si este fallo hubiera tenido
contenido patrimonial o se hubiese referido a un "hombre
Blanco" la Corte entera tendría que
haber renunciado.
Y el accionar de Zaffaroni en este
tema no termina ahí. En diciembre de 2009, el Senado, por unanimidad, dio media
sanción a un proyecto acordado por Marita Perceval, Gerardo Morales, Rubén
Giustiniani y Miguel Ángel Pichetto, de Ley de Responsabilidad Penal Juvenil,
que luego fue destruido en Diputados por Diana Conti, que es una mucama de Zaffaroni. Si hoy no
tenemos una ley de responsabilidad penal juvenil, el responsable absoluto y
total de esto es Zaffaroni.
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